Proponen reformas al Código Penal para castigar con más rigor el abuso sexual

La Comisión de Feminicidios en el Congreso del Estado analiza incrementar las penas de prisión por el delito de abuso sexual en el estado, así como aumentar sus agravantes en el Código Penal del Estado.
La reforma adiciona el artículo 173 bis y se reforma el artículo 173, 174 y 175 del Código Penal del Estado para imponer de 3 a 7 años de prisión y 200 a 500 días de multa a quien cometa el delito de abuso sexual, sin el consentimiento de la víctima y sin el propósito de llegar a la cópula.
Además, amplía de 5 a 10 años de prisión y de 300 a 600 días de multa a quien ejecute un acto sexual en una persona menor de 14 años (se entiende por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas).
Para los efectos del presente artículo, no se considera consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad. El consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima.




