Presenta diputado iniciativa de Reforma Judicial

Chihuahua.- Esta tarde en Oficialia de Partes, el diputado Alfredo Chávez presentó la iniciativa de Reforma Política que votará el Congreso esta semana en sesión ordinaria y que tendrá efecto a partir del 1 de septiembre.
La propuesta pasará a la Comisión de Justicia para la elaboración de dictamen y en lo posterior pasará al Pleno del Congreso para su votación, y en esencia propone el funcionamiento independiente de órganos jurisdiccionales, la independencia económica del Poder Judicial y aspectos de la nueva estructura institucional del Poder Judicial Estatal.
La propuesta aborda las bases constitucionales e institucionales del Poder Judicial, así como su objeto y objetivo, competencias, atribuciones y el funcionamiento de los órganos Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Órgani de Administración Judicial y Tribunal de Disciplina Judicial.
“La presente iniciativa de ley constituye una respuesta integral a los desafíos
organizacionales planteados por la reforma constitucional, ofreciendo un modelo que equilibra la autonomía funcional con la coordinación institucional, la especialización técnica con la coherencia administrativa, y la innovación organizacional con la preservación de los principios
fundamentales de independencia judicial”, destacó Chávez Madrid.
Por su parte, el diputado priista Guillermo Ramírez, presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, destacó el cambio histórico que representa la reforma local que armoniza sus leyes con la legislación federal.
“Se trata de un proyecto amplio, integrado por 390 artículos, que busca modernizar al Poder Judicial, fortalecer su independencia y adecuarlo a la realidad que hoy viven las y los chihuahuenses” declaró Ramírez Gutiérrez.
Los principales puntos que justifican la reforma, son los siguientes:
● La iniciativa tiene como eje rector el fortalecimiento de la independencia judicial y la preservación del equilibrio entre los órganos que integran el Poder Judicial. La propuesta se fundamenta constitucionalmente en los principios de autonomía e independencia judicial establecidos en los artículos 17 y 116 de la Constitución Federal, que garantizan la independencia funcional de los órganos jurisdiccionales y la autonomía presupuestaria del Poder Judicial como conjunto institucional.
● La Constitución del Estado establece un sistema de colaboración orgánica entre el Tribunal Superior de Justicia, el Órgano de Administración Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial. Esta colaboración no implica subordinación jerárquica, sino coordinación institucional donde el Tribunal Superior conserva la rectoría institucional del Poder Judicial según el artículo 100 de la Constitución Local, el Órgano de Administración ejerce autonomía técnica y de gestión en materias específicamente delegadas conforme al artículo 109, y el Tribunal de Disciplina actúa con independencia absoluta en función jurisdiccional disciplinaria según el artículo 107 constitucional local.
● Establece que La función judicial se regirá por los principios de independencia, imparcialidad, eficiencia, eficacia, legalidad, respeto a los derechos humanos, excelencia, profesionalismo, honestidad, diligencia, celeridad, honradez, veracidad, objetividad, competencia, honorabilidad, lealtad, probidad, rectitud, transparencia, máxima publicidad, seguridad de la información, protección de datos personales y perspectiva de género.
● Se señala la integración de los Distritos Judiciales, mismos que por una lógica geográfica y competencial no sufre alteración alguna de la distribución vigente.
● Se regula y reasigna la estructura actual del Poder Judicial: por lo que corresponde al Tribunal Superior, se integrara por el Pleno, la Presidencia, Salas y la Secretaría General; Los Tribunal de Primera Instancia, laborales y menores; El Tribunal de Disciplina se integra por el Pleno, la Presidencia, la Secretaría General de Acuerdos, Comisiones y Salas; Así como el Órgano de Administración Judicial que se compone por el Pleno, Presidencia, Ponencias y Secretaría Ejecutiva.
● Se propone una asignación de las áreas auxiliares existentes del Poder Judicial a los tres órganos, es decir, al Tribunal Superior de Justicia, al Tribunal de Disciplina Judicial y al Órgano de Administración Judicial, atendiendo a las facultades y competencias de cada organismo.
● Por otro lado, la adscripción a la Presidencia del Tribunal Superior de las áreas auxiliares de la administración de justicia garantiza que las decisiones y lineamientos respondan a una visión institucional integral, coordinada con los órganos jurisdiccionales como parte esencial de la impartición de justicia.




