Política

Congreso aprueba reforma que fortalece derechos políticos de comunidades indígenas

El dictamen, presentado por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales y leído ante el Pleno por el diputado Octavio Borunda, fue avalado durante el Octavo Periodo Extraordinario de sesiones.

Entre los principales cambios destaca el fortalecimiento de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, al reconocer su derecho a elegir a sus autoridades y representantes mediante sus sistemas normativos internos, bajo principios de equidad e igualdad entre mujeres y hombres, sin afectar los derechos político-electorales de la ciudadanía en la elección de autoridades municipales.

La reforma también incorpora disposiciones para reforzar la certeza jurídica en la actuación de las autoridades electorales, estableciendo que acuerdos, lineamientos y resoluciones deberán apegarse estrictamente a la Constitución y a las leyes aplicables.

En materia legislativa, se modificó del 10 al 9 por ciento el porcentaje mínimo de votación requerido para acceder a la tercera ronda de asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional.

Asimismo, se armonizaron los requisitos para acceder a cargos de elección popular como diputaciones, la gubernatura y los ayuntamientos, además de actualizar las reglas para la integración de los gobiernos municipales.

La reforma establece que los ayuntamientos continuarán integrándose por una presidencia municipal, una sindicatura y el número de regidurías que determine la ley, incluyendo aquellas asignadas por representación proporcional. También señala que las regidurías de mayoría relativa y representación proporcional tendrán los mismos derechos y obligaciones.

Otro de los cambios relevantes es la prohibición de la reelección inmediata para integrantes de los ayuntamientos. No obstante, las personas suplentes podrán contender como propietarias en el periodo siguiente siempre que no hayan ejercido el cargo.

Dentro de los artículos transitorios se establece que las disposiciones relacionadas con la prohibición de reelección serán aplicables a partir de los procesos electorales locales de 2030, por lo que quienes ocupen esos cargos en dicho año no podrán buscar una nueva postulación para el mismo puesto.

Además, el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua contará con un plazo de 90 días para armonizar su reglamentación y deberá implementar o adecuar la plataforma digital de registro de candidaturas y expediente electrónico antes del inicio del proceso electoral local 2026-2027. También deberá realizar las acciones necesarias para la celebración de elecciones de regidurías indígenas mediante sistemas normativos internos.

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